Decreto Supremo 5503 fija en Bs 2,73 el precio del GNV por seis meses para estabilizar el sector energético

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El Decreto Supremo 5503 fija el precio final del Gas Natural Vehicular (GNV) en Bs 2,73 por metro cúbico por un periodo transitorio de seis meses, con medidas orientadas a la estabilización de precios.

La Paz, 18 de diciembre de 2025

EEC-GNV – 18-12-2025 .–El Decreto Supremo 5503 establece en Bs 2,73 por metro cúbico el precio final del Gas Natural Vehicular (GNV), con una vigencia de seis meses a partir de su publicación, periodo durante el cual se aplicarán disposiciones transitorias orientadas a la estabilización de precios, combustibles y energía, informó la Entidad Ejecutora de Conversión a Gas Natural Vehicular (EEC-GNV).

La norma introduce modificaciones al régimen de precios del GNV, definiendo criterios para el Precio del Gas Natural en Puerta de Ciudad (City Gate) aplicable a esta categoría de usuarios, el cual será publicado de manera trimestral por la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH), conforme a la normativa vigente.

Asimismo, el Decreto ratifica que el precio final del GNV se fija en Bs 2,73 por metro cúbico durante el periodo transitorio de seis meses establecido, plazo en el que regirán las disposiciones transitorias contempladas en la normativa.

El Decreto aprueba, además, el Reglamento sobre el Régimen de Precios de Gas Natural Vehicular, que forma parte integrante de la norma y establece el marco técnico y operativo para su correcta aplicación.

Respecto a los mecanismos de financiamiento del sector, la normativa mantiene el Fondo de Recalificación y Reposición de Cilindros (FRCGNV) y el Fondo de Conversión de Vehículos a Gas Natural Vehicular (FCVGNV), disponiendo que su operación será reglamentada mediante Resolución Ministerial emitida por el Ministerio de Hidrocarburos y Energías.

Adicionalmente, durante el periodo transitorio se fija un margen minorista para el expendio de GNV de Bs 1,0247 por metro cúbico, monto que incluye el Impuesto al Valor Agregado (IVA).

Además, la EEC-GNV, en el marco de sus atribuciones institucionales, continuará desarrollando sus funciones conforme a la normativa vigente y brindará información oportuna y transparente a la población sobre las disposiciones relacionadas con el GNV.